APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 184

 Sustitúyense los porcentajes de comisión previstos en los artículos 1º y
2º del Decreto-Ley Nº 14.826, de 20 de setiembre de 1978, modificados por
el artículo 156 de la Ley Nº 16.226, de 29 de octubre de 1991, por los
siguientes: 15% (quince por ciento) en concepto de comisión de los Agentes
de Lotería y 10% (diez por ciento) la de los revendedores.

A la comisión que perciban los Agentes de Lotería se le aplicará las
deducciones tributarias legales.
Ayuda