SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 15 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Artículo 402
Prorrógase, hasta el 28 de febrero de 2009, el plazo establecido por la
Ley Nº 17.881, de 1º de agosto de 2005, y ampliado por el inciso segundo
del artículo 257 de la Ley Nº 18.172, de 31 de agosto de 2007.