SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA
Artículo 428
Increméntase la partida anual prevista en el artículo 272 de la Ley Nº
18.172, de 31 de agosto de 2007, en la suma de $ 67:953.300 (sesenta y
siete millones novecientos cincuenta y tres mil trescientos pesos
uruguayos), Financiación 1.1 "Rentas Generales", a valores del 1º de enero
de 2008, con el objeto de financiar los programas incluidos en el Plan de
Equidad que implementa la Administración Nacional de Educación Pública
según el siguiente detalle:
Orga- Proyecto Objetivo específico Monto M/N
nismo
C.E.P. Maestros Favorecer la inclusión social y educativa
comunitarios de los niños de escuelas de contextos
desfavorables y muy desfavorables a
través de la acción del maestro comunitario $ 9:358.619
C.E.P. Universalización Iniciar el proceso de universalización
de la educación de la educación física en las escuelas
física en las públicas $ 14:641.381
escuelas
C.E.S. Aulas Comunitarias Inserción social de adolescentes de
12 a 15 años con problemas de
vinculación a la educación media
formal por medio de la reincorporación y
permanencia en centros de enseñanza
pública de educación media $ 3:301.369
C.E.S. Promoción de la Consolidar y fortalecer el proyecto de
igualdad de universalización del ciclo básico así
oportunidades como apoyar a los alumnos para la
culminación del segundo ciclo de
educación media $ 17:971.931
C.E.T.P. Inclusión de Ampliar la cobertura de las escuelas
jóvenes del medio con ciclo básico agrario en régimen de
rural al sistema alternancia para adolescentes que
educativo residen en áreas rurales $ 10:080.000
C.E.T.P. Fondo de equidad Promover y facilitar el acceso
y la permanencia en el sistema educativo
formal de los estudiantes del nivel I
en situación de vulnerabilidad social $ 7:350.000
C.E.T.P. Becas de Brindar becas para posibilitar la
estudio continuidad educativa a estudiantes en
situación de vulnerabilidad social o
residentes en localidades donde la
oportunidad de seguir estudiando resulta
escasamente viable $ 5:250.000
TOTAL $ 67:953.300