Al solo efecto de la liquidación del Impuesto al Valor Agregado se
otorgará a los contratistas y firmas consultoras que intervengan en la
ejecución de las obras del Programa de Saneamiento Ambiental de Ciudad de
la Costa, exclusivamente en su parte financiada con endeudamiento externo
y en la ejecución de las obras de tratamiento y disposición final de
efluentes del Sistema Maldonado-Punta del Este, departamento de Maldonado,
un régimen administrativo similar al que rige para los exportadores.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 87/009 de 16/02/2009.