Los ex trabajadores de FIBRATEX S.A. amparados en el subsidio por
desempleo regido por el Decreto-Ley Nº 15.180, de 20 de agosto de 1981, y
modificativas, o en las disposiciones de la Ley Nº 18.210, de 3 de
diciembre de 2007, que ingresen a trabajar en Niralan Sociedad Anónima,
conservarán, al término o suspensión de la relación laboral, el derecho al
subsidio por desempleo hasta agotar el término máximo previsto en las
citadas normas, sin que hayan transcurrido doce meses desde que
percibieron la última prestación.