TITULO V - DEL SISTEMA PREVISIONAL CAPITULO I - DE LAS PRESTACIONES
Artículo 35
(Prestaciones).- Las prestaciones a cargo de la Caja de Jubilaciones y
Pensiones Bancarias son las siguientes:
A) Por invalidez, vejez y sobrevivencia: las jubilaciones, el subsidio
transitorio por incapacidad parcial, las pensiones y el subsidio por
expensas funerarias.
B) Por desocupación forzosa: el subsidio por desempleo.