MODIFICACION DEL REGIMEN DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 11/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1938
Reglamentada por: Decreto Nº 825/008 de 29/12/2008.
Referencias a toda la norma

TITULO III - ORGANIZACION

Artículo 6

 (Elección de los representantes de las empresas, entidades e
instituciones privadas).- El Consejo Honorario reglamentará la elección de
los representantes que, para la integración del mismo, corresponden a las
empresas, entidades e instituciones privadas, estableciendo un
procedimiento que pondere en forma equilibrada el patrimonio y la cantidad
total de personal afiliado.
Con sesenta días de anticipación a cada acto eleccionario, el Consejo
Honorario determinará el número de votos que corresponda a cada una de
dichas empresas, entidades o instituciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 95 (vigencia).
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