MODIFICACION DEL REGIMEN DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS




Promulgación: 24/10/2008
Publicación: 11/11/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1938
Reglamentada por: Decreto Nº 825/008 de 29/12/2008.
Referencias a toda la norma

TITULO VII - DE LA MATERIA GRAVADA Y DE LAS ASIGNACIONES COMPUTABLES
CAPITULO UNICO

Artículo 76

 (Principio de primacía de la remuneración real).- Las contribuciones
establecidas en favor de la Caja se aplicarán sobre las remuneraciones
realmente percibidas, con la sola excepción de aquellos casos en los que
la materia gravada y las asignaciones computables se rijan por
remuneraciones fictas.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 95 (vigencia).
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