La reglamentación deberá prever mecanismos para el contralor y la
caducidad de las concesiones en caso de que el uso no se ajuste a lo
convenido o se haya desnaturalizado. Asimismo, dentro de las condiciones
preestablecidas se podrá autorizar subcontrataciones por parte del Poder
Ejecutivo y de acuerdo a las normas previstas en el Texto Ordenado de
Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF).