TITULO I
DEFINICIONES, FINES Y ORIENTACIONES GENERALES DE LA EDUCACION CAPITULO IV
PRINCIPIOS DE LA EDUCACION PUBLICA ESTATAL
Artículo 16
(De la gratuidad).- El principio de gratuidad asegurará el cumplimiento
efectivo del derecho a la educación y la universalización del acceso y
permanencia de las personas en el sistema educativo.