REGULACION DE LA JORNADA LABORAL Y EL REGIMEN DE DESCANSO DE LOS TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 24/12/2008
Publicación: 23/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3261
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 (Pagos de horas extraordinarias).- Las horas que excedan la jornada legal
serán abonadas como horas extras (Ley Nº 15.996, de 17 de noviembre de
1988).
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