Capítulo II
De las campañas electorales Sección 4ª
De los controles en la campaña electoral
Artículo 33
El comité de campaña estará obligado a presentar a la Corte Electoral, 30
(treinta) días antes de celebrarse la elección nacional, un presupuesto
inicial de campaña en donde se detallarán los gastos e ingresos previstos
en términos generales así como los detalles de las donaciones recibidas
hasta la fecha.