Capítulo II
De las campañas electorales Sección 4ª
De los controles en la campaña electoral
Artículo 36
Las rendiciones de cuentas presentadas ante la Corte Electoral tendrán
carácter público y podrán ser consultadas por cualquier persona, sin
limitación alguna. Asimismo se publicará un resumen de la rendición de
cuentas en el Diario Oficial y en una página electrónica oficial.