CREACION DEL ARCHIVO AUDIOVISUAL DEPENDIENTE DEL SODRE




Promulgación: 18/06/2009
Publicación: 30/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1515

Artículo 3

 A los efectos de esta ley, se entiende por archivo audiovisual el
conjunto de servicios necesarios para el almacenamiento y la conservación
de los programas de radio y televisión emitidos en el territorio nacional.

En los contenidos del archivo, se incluirán las llamadas "tandas"
publicitarias. Quedan excluidas las películas cinematográficas y los
programas extranjeros.
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