LEY DE ABREVIACION DE LOS JUICIOS LABORALES




Promulgación: 13/09/2009
Publicación: 08/10/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 726
Ver vigencia: Ley Nº 18.623 de 13/11/2009 artículo 1.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 24

 (Representación judicial).- Con la sola presentación de la demanda el
letrado firmante quedará investido de la representación judicial del
trabajador con las más amplias facultades de disposición, salvo la cesión
de créditos. En todo momento podrá dejar sin efecto o sustituir esta
representación judicial.
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