Reglamentada por: Decreto Nº 82/012 de 13/03/2012.
Artículo 2
El Sistema Nacional de Acreditación de Veterinarios de libre ejercicio
tendrá los siguientes cometidos:
A) Llevar registros de veterinarios acreditados dentro del sector
pesquero, de aquellos que cumplen con los requisitos exigidos para su
acreditación.
B) Estimular en materia higiénico-sanitaria el esfuerzo conjunto del
sector privado y el sector público, a través de la Dirección Nacional
de Recursos Acuáticos.
C) Instrumentar un sistema de registro, especialización y capacitación de
profesionales veterinarios de libre ejercicio, con el objetivo de
garantizar y mejorar la calidad de las actividades higiénico-sanitarias
y facilitar el control de las mismas.
D) Realizar un relevamiento permanente de las altas exigencias de los
mercados internacionales en relación con el estatus higiénico-
sanitario, a efectos del cumplimiento de los cometidos asignados en el
literal anterior.