(Ambito de aplicación).- El mercado de valores, todos los agentes que en
el participan, las bolsas de valores y demás mercados de negociación de
valores de oferta pública, los valores y los emisores de valores de oferta
pública, quedarán sometidos a las disposiciones de la presente ley, a la
reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo y a las normas generales e
instrucciones particulares que dicte la Superintendencia de Servicios
Financieros del Banco Central del Uruguay para su ejecución.
TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA - JORGE BRUNI - NELSON FERNANDEZ - GONZALO
FERNANDEZ - MARIA SIMON - LUIS LAZO - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA
JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE -
MARINA ARISMENDI