TITULO XI - DISPOSICIONES TRIBUTARIAS DE PROMOCION AL MERCADO DE VALORES
Artículo 138
(Derogaciones).- Deróganse la Ley Nº 16.749, de 30 de mayo de 1996, los
artículos 303 y 334 de la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de 1989, el
último inciso del artículo 6º de la Ley Nº 16.774, de 27 de setiembre de
1996 y las demás normas que se opongan a la presente ley.