TITULO V - OBLIGACIONES NEGOCIABLES Y TITULOS DE DEUDA CAPITULO III - EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES
Artículo 68
(Efecto jurídico de la adquisición de obligaciones negociables).- La
adquisición de obligaciones negociables importará la aceptación y la
ratificación de todas las estipulaciones, las normas y las condiciones de
la emisión y del contrato del fiduciario, si lo hubiere.