REGULACION DEL MERCADO DE VALORES. DEUDA PUBLICA




Promulgación: 02/12/2009
Publicación: 16/12/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1793
Reglamentada por: Decreto Nº 322/011 de 16/09/2011.
Referencias a toda la norma

TITULO II - REGULACION DEL MERCADO DE VALORES

Artículo 8

 (Regulación y fiscalización).- A los fines previstos por la presente ley,
la Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del
Uruguay, en el ámbito de su competencia, dictará las normas a las cuales
deberán ajustarse los mercados de valores y las personas físicas o
jurídicas que en ellos intervengan con las características que se
establecen en la presente ley para la regulación y supervisión de cada
tipo de entidad.
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