SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 218
Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa "Prevención y
Represión del Delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del
Interior", los siguientes cargos:
Los cargos que se crean en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", unidad
ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", tendrán como
retribución la tabla de sueldos que rige para el escalafón civil del
artículo 53 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
Habilítase una partida anual de $ 30.303.973 (treinta millones trescientos
tres mil novecientos setenta y tres pesos uruguayos), incluidos aguinaldo
y aportes, con destino a abonar una compensación para los cargos que se
crean dentro del marco de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986, que
cumplan tareas en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa
"Prevención y Represión del Delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del
Ministerio del Interior".
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Ley Nº 18.719 de
27/12/2010.