SECCION IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 04
MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 242
Inclúyese al Inciso 04 "Ministerio del Interior", en el régimen de
Simplificación y Categorización de Conceptos Retributivos, dispuesto en el
Capítulo III de la Sección II "Funcionarios", artículos 51 a 59 de la Ley
N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
El Ministerio del Interior, previo informe de la Contaduría General de la
Nación y de la Oficina Nacional del Servicio Civil, establecerá la fecha
de aplicación del citado régimen.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 34/013 de 30/01/2013.