ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL BICENTENARIO DEL PROCESO DE EMANCIPACION ORIENTAL




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 12/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1953

Artículo 4

 Facúltase al Banco Central del Uruguay a vender al exterior las monedas
cuya acuñación se autoriza por la presente ley, a disponer su
desmonetización, así como la posterior enajenación de las piezas
desmonetizadas.

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