Se restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1° de marzo de 1985, comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 15.848, de 22 de diciembre de 1986.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2, 3 y 4 (vigencia).
JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - LUIS PORTO - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - MARÍA SIMON - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - HÉCTOR LESCANO - GRACIELA MUSLERA - DANIEL OLESKER