REGULACION DEL REGIMEN DE CONTRATACION DE LOS MOZOS DE CORDEL. MODIFICACION




Promulgación: 23/12/2011
Publicación: 10/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1613

Artículo 2

 Los integrantes de las empresas o cooperativas referidas en el artículo
precedente prestarán funciones en régimen de cuarenta y ocho horas
semanales de labor, debiendo realizar, además de las tareas inherentes a
su categoría, todas aquellas referidas a la operativa portuaria, conforme
lo determine la Administración portuaria.
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