RESTITUCION DE PERSONAS MENORES DE DIECISEIS AÑOS TRASLADADAS O RETENIDAS ILICITAMENTE. REGULACION




Promulgación: 20/04/2012
Publicación: 22/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 734

Artículo 6

 Legitimación pasiva.- Estará legitimado pasivamente, aquel que es
denunciado por quien tiene la titularidad activa, como la persona que ha
sustraído o retiene en forma ilegítima a la persona de menos de dieciséis
años de edad cuyo desplazamiento o retención constituye la causa de la
solicitud.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 27.
Ayuda