REGULACION DE LA INFORMACION SOBRE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR CON DESTINO AL BCU




Promulgación: 17/07/2012
Publicación: 27/07/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 200
Reglamentada por: Decreto Nº 247/012 de 02/08/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 21

 (Secreto profesional).- A los efectos de obtener la información
comprendida en los artículos 1° y 2° de la presente ley correspondiente a
títulos e instrumentos nominativos o escriturales, no serán oponibles a la
Dirección General Impositiva las disposiciones sobre secreto profesional
establecidas en los artículos 54 de la Ley N° 18.627, de 2 de diciembre de
2009 (Ley de Mercado de Valores) y 28 de la Ley N° 16.774, de 27 de
setiembre de 1996 (Ley de Fondos de Inversión), en la redacción dada por
el artículo 5° de la Ley N° 17.202, de 24 de setiembre de 1999.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 25 (vigencia).
Referencias al artículo
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