APROBACION DEL CONVENIO ENTRE URUGUAY Y SUIZA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO Y
SU PROTOCOLO. NOTAS REVERSALES
Apruébanse las Notas Reversales por las que se incorporan las Reglas de
Interpretación referidas al Artículo 26 del Convenio entre la República
Oriental del Uruguay y la Confederación Suiza para Evitar la Doble
Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y
su Protocolo (*), suscritas en la ciudad de Montevideo, el 26 de
diciembre de 2011.