APROBACION DE LA LEY DE MINERIA DE GRAN PORTE




Promulgación: 11/09/2013
Publicación: 25/09/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 804

CAPÍTULO III
DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE EXPLOTACIÓN

Artículo 29

 (Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato).- El 80%
(ochenta por ciento) de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato se
podrá liberar en el ejercicio económico en que comience la producción, y
el restante 20% (veinte por ciento) deberá mantenerse vigente durante todo
el plazo del mismo y extenderse por hasta un año calendario contado a
partir de la finalización del mencionado contrato.
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