CAPÍTULO VI
FONDO SOBERANO INTERGENERACIONAL DE INVERSIÓN
Artículo 47
(Creación).- Créase el Fondo Soberano Intergeneracional de Inversión a
efectos de hacer efectiva la promoción del desarrollo sostenible de la
Minería de Gran Porte, de modo de asegurar la equidad de derechos con las
generaciones futuras.