CAPÍTULO II
ADMINISTRACIÓN PESQUERA Y ACUÍCOLA SECCIÓN I
ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES
Artículo 10
(Órgano responsable).- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca es el órgano responsable de la política
vinculada a los recursos hidrobiológicos de conformidad con la presente
ley.