DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 20/12/2013
Publicación: 07/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2274
Reglamentada por: Decreto Nº 115/018 de 24/04/2018.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III
MEDIDAS GENERALES DE ORDENACIÓN PESQUERA Y ACUÍCOLA
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 22

 (Cese de abanderamiento).- El cese de abanderamiento nacional de una
embarcación pesquera conllevará la caducidad de pleno derecho del permiso
de pesca otorgado con referencia a dicha embarcación.
La Prefectura Nacional Naval deberá comunicar en forma simultánea a la
Dirección Nacional de Recursos Acuáticos la resolución por la que se
establezca el cese de bandera nacional de los buques pesqueros, a efectos
de que la misma tome las medidas pertinentes.
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