LEY DE EDUCACION POLICIAL Y MILITAR




Promulgación: 07/01/2014
Publicación: 20/01/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 11
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
DE LA EDUCACION POLICIAL

Artículo 7

 (Concepto).- La educación policial tiene como objetivo formar ciudadanos
para cumplir -técnica y profesionalmente- con las funciones que las normas
legales vigentes establezcan.
Tendrá como principios fundamentales la participación de los educandos
como sujeto activo en el proceso educativo y la libertad de enseñanza, tal
como lo establece el artículo 68 de la Constitución de la República y la
libertad de cátedra según lo previsto en el artículo 11 de la Ley N°
18.437, de 12 de diciembre de 2008.
Referencias al artículo
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