El empleador, o en su caso, quien ejerciendo efectivamente en su nombre
el poder de dirección en la empresa, no adoptaren los medios de resguardo
y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que
pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad
física del trabajador, serán castigados con tres a veinticuatro meses de
prisión.
JOSÉ MUJICA - JOSÉ BAYARDI - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - MARIO BERGARA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - ROBERTO KREIMERMAN - SUSANA MUÑIZ - ENZO BENECH - LILIAM KECHICHIAN - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER