Apruébase el aumento de recursos del Fondo Financiero para el Desarrollo
de la Cuenca del Plata (FONPLATA) por un monto de US$ 1.150.000.000 (mil
ciento cincuenta millones de dólares de los Estados Unidos de América) de
acuerdo a lo resuelto por la Asamblea de Gobernadores por Resolución A.G.
138/2013, de fecha 1° de agosto de 2013.
El Gobierno de la República suscribirá el aporte de capital
correspondiente por un total de US$ 127.769.000 (ciento veintisiete
millones setecientos sesenta y nueve mil dólares de los Estados Unidos de
América) de la siguiente manera: US$ 38.889.000 (treinta y ocho millones
ochocientos ochenta y nueve mil dólares de los Estados Unidos de América)
en capital integrado en efectivo (CIE) y US$ 88.880.000 (ochenta y ocho
millones ochocientos ochenta mil dólares de los Estados Unidos de América)
en capital exigible (CE). Los referidos aportes serán realizados en forma
anual, en un plazo máximo de cinco años contados a partir del año 2014.
La integración de los nuevos aportes será realizada por el Banco Central
del Uruguay y formarán parte de su capital, de acuerdo a lo establecido
por el artículo 471 de la Ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967.
Apruébanse las modificaciones al texto de los artículos 15; 17; 19,
literal a); 20; 29, literal g); 30; 31 y 37 del Convenio Constitutivo del
Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA),
aprobadas por la Asamblea de Gobernadores del mismo por Resolución A.G.
137/2013, de fecha 20 de junio de 2013.