Autorízase el aumento del capital accionario de la República Oriental del Uruguay en la Corporación Interamericana de Inversiones (CII) por un monto de US$ 340.000 (trescientos cuarenta mil dólares de los Estados Unidos de América).
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
JOSÉ MUJICA - MARIO BERGARA - LUIS ALMAGRO