Los funcionarios consulares honorarios serán designados por el Poder
Ejecutivo, tomando en consideración los informes elaborados por el Jefe de
Misión y el Cónsul General o Jefe o Encargado de Sección Consular que
correspondan a la jurisdicción que atenderá el postulante.
En aquellos países donde se cuente únicamente con un Consulado General,
bastará con el informe elaborado por el Jefe de dicha oficina.