DEPURACION DE SOCIEDADES INACTIVAS E IDENTIFICACION DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN
COMANDITA POR ACCIONES
La adjudicación de toda clase de bienes que se realicen a los titulares
de participaciones patrimoniales al portador, como consecuencia de las
disoluciones o extinciones dispuestas en la presente ley, estará exonerada
de todo tributo que grave a la entidad, a los actos u otorgantes, siempre
que la misma se cumpla dentro del plazo establecido en el artículo 3° de
la presente ley.