REGIMEN DE RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS. DEROGACION DE LAS LEYES 18.438 Y 18.459




Promulgación: 26/12/2014
Publicación: 08/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1294
Reglamentada por: Decreto Nº 274/016 de 12/09/2016.

CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS MÉDICAS

Artículo 10

   El Jefe de Residentes dependerá funcionalmente de las Direcciones de los Hospitales o Servicios Asistenciales en que se desempeñe, sin perjuicio de las instancias de coordinación que deberá mantener con el Consejo Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias Médicas, en lo atinente a la aplicación del reglamento vigente sobre Residencias Médicas, así como con la especialidad médica correspondiente, en lo relativo a la formación académica.
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