REGIMEN DE RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS. DEROGACION DE LAS LEYES 18.438 Y 18.459




Promulgación: 26/12/2014
Publicación: 08/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1294
Reglamentada por: Decreto Nº 274/016 de 12/09/2016.

CAPÍTULO III
DE LA ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE RESIDENCIAS MÉDICAS

Artículo 11

   El Jefe de Residentes será evaluado anualmente por el Consejo Administrador Honorario del Sistema Nacional de Residencias Médicas, previo informe de la dirección del centro en que se desempeña.
   Su contrato tendrá un plazo máximo de tres años, estando sujeta su permanencia en el cargo al resultado de la evaluación antedicha.
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