REGIMEN DE RESIDENCIAS MEDICAS HOSPITALARIAS. DEROGACION DE LAS LEYES 18.438 Y 18.459




Promulgación: 26/12/2014
Publicación: 08/01/2015
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1294
Reglamentada por: Decreto Nº 274/016 de 12/09/2016.

CAPÍTULO IV
DEL RÉGIMEN DE TRABAJO

Artículo 15

   Podrán aspirar a los cargos de residentes los médicos egresados de las Facultades de Medicina habilitadas en el país y quienes hayan revalidado su título de médico obtenido en el extranjero.
   Los cargos de Residentes Médicos serán provistos por concurso de acuerdo con las disposiciones legales y a la reglamentación vigente.
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