LEY DE NOCTURNIDAD. REGULACION DEL TRABAJO NOCTURNO




Promulgación: 13/02/2015
Publicación: 25/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 234/015 de 31/08/2015.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   A la mujer grávida o que ha dado a luz, hasta un año posterior a su alumbramiento, se le asignará horario de trabajo diurno por parte del empleador, por la sola voluntad de la trabajadora, sin que esto signifique pérdida de la compensación por trabajo nocturno.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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