SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 03
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 145
Autorízase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 380 "Gestión Ambiental y ordenación del territorio", unidad ejecutora 004 "Comando General del Ejército", a pagar una compensación, la que será percibida por el personal Militar Subalterno, que desempeña la tarea de limpieza de baños y mantenimiento general, durante los meses de diciembre a abril, en el Servicio de Parques del Ejército.
Asígnase al Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 380 "Gestión Ambiental y ordenación del territorio", unidad ejecutora 004 "Comando General del Ejército", con cargo a la Financiación 1.2 "Recursos de Afectación Especial", una partida de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) para el ejercicio 2015 y de $ 4.976.400 (cuatro millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2016, en el grupo 0 "Retribuciones Personales", con destino al pago de dicha compensación.
La presente erogación se financiará con la disminución, en la unidad ejecutora 004 "Comando General del Ejército", programa 300 "Defensa Nacional" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Financiación 1.2 "Recursos de Afectación Especial", en el ejercicio 2015, de un monto de $ 850.000 (ochocientos cincuenta mil pesos uruguayos) del objeto del gasto 199.000 "Otros bienes de consumo", con destino al pago de dicha compensación en el mes de diciembre 2015 y a partir del ejercicio 2016, en la unidad ejecutora 004 "Comando General del Ejército", programa 300 "Defensa Nacional" del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", Financiación 1.2 "Recursos de Afectación Especial" del objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales", la suma de $ 4.976.400 (cuatro millones novecientos setenta y seis mil cuatrocientos pesos uruguayos), anuales.
Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.