PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2015 - 2019




Promulgación: 19/12/2015
Publicación: 30/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 04 MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 188

   Transfórmanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior" la totalidad de los cargos del sistema escalafonario actual del escalafón L "Personal Policial", al sistema escalafonario creado en los artículos 47, 48, 49 y 50 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015, de acuerdo con las siguientes escalas:

   A) Escala de Oficiales:

        Comisario General y Comandante General (grado 10): se integrará
        con los cargos de Inspector General (grado 14) e Inspector
        Principal (grado 13).

        Comisario Mayor y Comandante Mayor (grado 9): se integrará con
        los grados de Inspector Mayor y Comandante (grado 12) y Comisario
        Inspector y Mayor (grado 11).

        Comisario y Capitán (grado 8): se integrará con el grado de
        Comisario y Capitán (grado 10).

        Subcomisario y Teniente 1° (grado 7): se integrará con el grado
        de Subcomisario y Teniente 1° (grado 9).

        Oficial Principal y Teniente (grado 6): se integrará con el grado
        de Oficial Principal y Teniente 2° (grado 8).

        Oficial Ayudante y Alférez (grado 5): se integrará con los grados
        de Oficial Ayudante y Alférez (grado 7) y Oficial Subayudante
        (grado 6).

        B) Escala Básica:

        Suboficial Mayor y Suboficial (grado 4): se integrará con los
        grados de Suboficial Mayor (grado 6) y Sargento Primero (grado
        5).

        Sargento (grado 3): se integrará con el grado de Sargento
        (grado 4).

        Cabo (grado 2): se integrará con los grados de Cabo (grado 3) y
        Agente de Primera, Guardia de Primera y Bombero de Primera (grado
        2).

        Agente, Guardia Republicano y Bombero (grado 1): se integrará con
        el grado de Agente de Segunda (grado 1), Guardia de 2da. (grado
        1) y Bombero de 2da. (grado 1).

   Disminúyense en el programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", en el objeto del gasto 092.000 "Otras Retribuciones", la suma de $ 75.055.641 (setenta y cinco millones cincuenta y cinco mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos), y en el objeto del gasto 099.099 "Partida global SIMPLI a nivel de inciso", la suma de $ 57.739.415 (cincuenta y siete millones setecientos treinta y nueve mil cuatrocientos quince pesos uruguayos) y en el programa 440 "Atención Integral de la Salud", unidad ejecutora 034 "Dirección Nacional de Asuntos Sociales", en el objeto del gasto 092.000 "Otras Retribuciones" la suma de $ 5.232.100 (cinco millones doscientos treinta y dos mil cien pesos uruguayos).

   Habilítase a la Contaduría General de la Nación a realizar las reasignaciones de créditos correspondientes.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
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