SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 06
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 257
Créase en el Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", programa 480 "Ejecución de la Política Exterior", unidad ejecutora 001 "Ministerio de Relaciones Exteriores", escalafón M "Personal del Servicio Exterior", un cargo de Ministro, grado 06, al amparo de lo establecido en el artículo 21 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996.
El cargo será ocupado exclusivamente por el funcionario cuya situación dio origen a la respectiva creación y se suprimirá al vacar.
La correspondiente erogación será financiada con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", reasignándose los créditos presupuestales de los objetos del gasto: 042.610 "Compensación Personal" en $ 12.708 (doce mil setecientos ocho pesos uruguayos), 042.720 "Incentivo por Rendimiento, Dedicación y/o Productividad" en $ 79.946 (setenta y nueve mil novecientos cuarenta y seis pesos uruguayos) y 011.300 "Sueldo del grado" en $ 108.653 (ciento ocho mil seiscientos cincuenta y tres pesos uruguayos), 042.526 "Compensación especial c/funciones en Cancillería", en $ 185.988 (ciento ochenta y cinco mil novecientos ochenta y ocho pesos uruguayos) y 042.520 "Compensación especial por cumplir tareas específicas" en $ 343.606 (trescientos cuarenta y tres mil seiscientos seis pesos uruguayos), anuales.