SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 06
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 260
Increméntase en el Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", la partida creada por el artículo 341 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, a partir del ejercicio 2016, en un monto de $ 9.541.953 (nueve millones quinientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta y tres pesos uruguayos), anuales, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", lo que se financiará con los créditos presupuestales de los siguientes objetos del gasto: 095.005 "Fondo p/financiar funciones transitorias y de conducción", en la suma de $ 7.988.641 (siete millones novecientos ochenta y ocho mil seiscientos cuarenta y un pesos uruguayos) y 047.720 "Incentivo por Rendimiento, Dedicación o Productividad", en la suma de $ 1.553.312 (un millón quinientos cincuenta y tres mil trescientos doce pesos uruguayos), anuales.