SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 14
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 481
Asígnase al programa Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos, los cometidos, facultades y funciones regulados por la Ley N° 18.829, de 24 de octubre de 2011 y su decreto reglamentario.
Podrá comunicarse directamente con los Gobiernos Departamentales y demás organismos públicos.
Las normas legales y reglamentarias que refieren al Plan Nacional de Integración Socio-Habitacional Juntos creado por la Ley N° 18.829, de 24 de octubre de 2011, cualquiera fuere su denominación, permanecerán vigentes en todo cuanto no se oponga a la presente ley.