SECCIÓN V
ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 33
FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN
Artículo 650
Derógase el artículo 8° del Decreto-Ley N° 15.365, de 30 de diciembre de 1982, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 246 de la Constitución de la República.