SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 02
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 70
Derógase el literal q) del artículo 4° de la Ley N° 15.757, de 15 de julio de 1985, incorporado por el artículo 6° de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013.