APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2015




Promulgación: 14/10/2016
Publicación: 26/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 35 - INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSIÓN SOCIAL ADOLESCENTE

Artículo 152

   Autorízase al Inciso 35 "Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente" a utilizar los créditos de los cargos vacantes a los efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento.

   El ejercicio de la potestad conferida en este artículo requerirá informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina Nacional del Servicio Civil. De lo actuado se dará cuenta a la Asamblea General.

   Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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